BENEFICIOS
Patrocinio
En inscripciones a miembros activos y adherentes en los cursos de desarrollo profesional
Descuento
En inscripciones a los residentes de la especialidad para la asistencia a la Convención de Residentes
Apoyo
Económico para los trabajos de investigación que se presentan en congresos internacionales
Ser elegido
para participar en comisiones de análisis e interés normativo en Salud ante el Ministerio de Salud
Beneficios
En cuotas de anualidad derivados de la participación gremial y apoyo a la Revista CMFR.
Descuento
En la inscripción para asistir al Congreso Mundial (ISPRM) por ser miembro de sociedad afiliado
Ser convocado
A participar como líder académico en las diferentes plataformas de educación de la ACMFR
Membresía
En la cuota de inscripción y anualidad del Consejo colombiano de acreditación
Requisitos para la admisión

- Podrán ser miembros activos, los fundadores de la Asociación, los miembros actuales y los profesionales que reúnan los siguientes requisitos:
Estar legalmente calificados para ejercer la especialidad de la Medicina Física y Rehabilitación en la República de Colombia.
Presentar una solicitud de ingreso acompañada de la hoja de vida y certificaciones respectivas a la Junta Directiva de la Asociación (al correo acmfr@acmfr.org), la cual previo estudio de la documentación por uno de los miembros de la Junta Directiva, procederá a publicar en la página web para conocimiento de todos los asociados, la solicitud durante un periodo de 10 días hábiles para recibir observaciones pertinentes, y luego de ello someter en consideración de los demás miembros de la Junta Directiva. - Para ser aceptados como miembro honorario, los candidatos deberán ser propuestos por uno de los miembros activos a la Junta Directiva de la Asociación, la cual, previa aprobación la someterá para su aceptación a la Asamblea General en donde deberá ser aceptado por unanimidad.
- Para ser miembro emérito, el miembro activo que cumpla con los requisitos, presentará solicitud escrita del cambio de categoría a la Junta directiva, quien verificará la información y presentará la proposición a la Asamblea General, que ratificará la decisión.
- Los miembros adherentes comenzaran a ser parte de la asociación en el momento en que los directores de las escuelas envíen el nombre y la hoja de vida de los aspirantes, a la secretaría de la Asociación.
Requisitos para la admisión

- Podrán ser miembros activos, los fundadores de la Asociación, los miembros actuales y los profesionales que reúnan los siguientes requisitos:
Estar legalmente calificados para ejercer la especialidad de la Medicina Física y Rehabilitación en la República de Colombia.
Presentar una solicitud de ingreso acompañada de la hoja de vida y certificaciones respectivas a la Junta Directiva de la Asociación (al correo acmfr@acmfr.org), la cual previo estudio de la documentación por uno de los miembros de la Junta Directiva, procederá a publicar en la página web para conocimiento de todos los asociados, la solicitud durante un periodo de 10 días hábiles para recibir observaciones pertinentes, y luego de ello someter en consideración de los demás miembros de la Junta Directiva. - Para ser aceptados como miembro honorario, los candidatos deberán ser propuestos por uno de los miembros activos a la Junta Directiva de la Asociación, la cual, previa aprobación la someterá para su aceptación a la Asamblea General en donde deberá ser aceptado por unanimidad.
- Para ser miembro emérito, el miembro activo que cumpla con los requisitos, presentará solicitud escrita del cambio de categoría a la Junta directiva, quien verificará la información y presentará la proposición a la Asamblea General, que ratificará la decisión.
- Los miembros adherentes comenzaran a ser parte de la asociación en el momento en que los directores de las escuelas envíen el nombre y la hoja de vida de los aspirantes, a la secretaría de la Asociación.
Requisitos para la admisión

- Podrán ser miembros activos, los fundadores de la Asociación, los miembros actuales y los profesionales que reúnan los siguientes requisitos:
Estar legalmente calificados para ejercer la especialidad de la Medicina Física y Rehabilitación en la República de Colombia.
Presentar una solicitud de ingreso acompañada de la hoja de vida y certificaciones respectivas a la Junta Directiva de la Asociación (al correo acmfr@acmfr.org), la cual previo estudio de la documentación por uno de los miembros de la Junta Directiva, procederá a publicar en la página web para conocimiento de todos los asociados, la solicitud durante un periodo de 10 días hábiles para recibir observaciones pertinentes, y luego de ello someter en consideración de los demás miembros de la Junta Directiva. - Para ser aceptados como miembro honorario, los candidatos deberán ser propuestos por uno de los miembros activos a la Junta Directiva de la Asociación, la cual, previa aprobación la someterá para su aceptación a la Asamblea General en donde deberá ser aceptado por unanimidad.
- Para ser miembro emérito, el miembro activo que cumpla con los requisitos, presentará solicitud escrita del cambio de categoría a la Junta directiva, quien verificará la información y presentará la proposición a la Asamblea General, que ratificará la decisión.
- Los miembros adherentes comenzaran a ser parte de la asociación en el momento en que los directores de las escuelas envíen el nombre y la hoja de vida de los aspirantes, a la secretaría de la Asociación.
DOCUMENTOS PARA LA ADMISIÓN
Copia del documento de identidad.
Diploma como Médico General.
Diploma y acta de grado como especialista en Medicina Física y Rehabilitación (En un sólo archivo).
Registro en la plataforma RETHUS como especialista en Medicina Física rehabilitación Anexar copia de este registro.
Tarjeta profesional
Una fotografía tipo documento
LA CALIDAD DE MIEMBRO ACTIVO DE LA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN IMPLICA LOS SIGUIENTES DERECHOS:
Derechos
- Disfrutar de todos los servicios y beneficios que la ASOCIACIÓN establezca.
- Elegir y ser elegido para los cargos de Dirección, Administración y Control y demás cargos propios de la ASOCIACIÓN y contemplados estatutariamente.
- Participar en las deliberaciones públicas de los asuntos de la Asociación.
- Votar cuando haya a lugar.
- Obtener la intervención de la Asociación como persona jurídica en los casos en que el miembro esté interesado y la Asociación lo juzgue conveniente.
- Presentar ante las diferentes instancias de dirección, Administración y Control de la Asociación las quejas, solicitudes o proyectos que contribuyan al desarrollo de la Asociación y que estén de acuerdo con su naturaleza, objetivos y marco legal y estatutario.
- Recibir los documentos que acrediten su membresía.
- Todos los demás que le otorguen los estatutos.
PARÁGRAFO: Los miembros honorarios y correspondientes gozarán del disfrute de los derechos anteriormente enumerados. Los miembros honorarios tendrán voz y voto, los correspondientes y los adherentes solo voz.
Deberes
Ser leal a la misión y los objetivos de la Asociación.
- Cumplir con los estatutos así como con las obligaciones ordinarias y extraordinarias contraídas con la Asociación.
- Procurar el progreso y el mejoramiento de la Asociación y el cumplimiento de sus fines.
- Exigir el cumplimiento de las normas estatutarias por parte de todos los asociados y los órganos de dirección, Administración y Control.
- Abstenerse de cualquier acto y omisión que pueda generar perjuicio al buen nombre de la Asociación, de sus directivos o de sus miembros.
- Asistir a los Congresos, Cursos, Conferencias y demás actividades científicas que organice la Asociación.
- Desempeñar las misiones y tareas que le sean asignadas.
- Informar a la Junta Directiva todo cambio de domicilio.
- Los demás que le exijan estos estatutos.
PARÁGRAFO: Los miembros honorarios y correspondientes están exentos del pago de aportes ordinarios o extraordinarios.
LA CALIDAD DE MIEMBRO ACTIVO DE LA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN IMPLICA LOS SIGUIENTES DERECHOS:
Derechos
- Disfrutar de todos los servicios y beneficios que la ASOCIACIÓN establezca.
- Elegir y ser elegido para los cargos de Dirección, Administración y Control y demás cargos propios de la ASOCIACIÓN y contemplados estatutariamente.
- Participar en las deliberaciones públicas de los asuntos de la Asociación.
- Votar cuando haya a lugar.
- Obtener la intervención de la Asociación como persona jurídica en los casos en que el miembro esté interesado y la Asociación lo juzgue conveniente.
- Presentar ante las diferentes instancias de dirección, Administración y Control de la Asociación las quejas, solicitudes o proyectos que contribuyan al desarrollo de la Asociación y que estén de acuerdo con su naturaleza, objetivos y marco legal y estatutario.
- Recibir los documentos que acrediten su membresía.
- Todos los demás que le otorguen los estatutos.
PARÁGRAFO: Los miembros honorarios y correspondientes gozarán del disfrute de los derechos anteriormente enumerados. Los miembros honorarios tendrán voz y voto, los correspondientes y los adherentes solo voz.
Deberes
Ser leal a la misión y los objetivos de la Asociación.
- Cumplir con los estatutos así como con las obligaciones ordinarias y extraordinarias contraídas con la Asociación.
- Procurar el progreso y el mejoramiento de la Asociación y el cumplimiento de sus fines.
- Exigir el cumplimiento de las normas estatutarias por parte de todos los asociados y los órganos de dirección, Administración y Control.
- Abstenerse de cualquier acto y omisión que pueda generar perjuicio al buen nombre de la Asociación, de sus directivos o de sus miembros.
- Asistir a los Congresos, Cursos, Conferencias y demás actividades científicas que organice la Asociación.
- Desempeñar las misiones y tareas que le sean asignadas.
- Informar a la Junta Directiva todo cambio de domicilio.
- Los demás que le exijan estos estatutos.
PARÁGRAFO: Los miembros honorarios y correspondientes están exentos del pago de aportes ordinarios o extraordinarios.
LA CALIDAD DE MIEMBRO ACTIVO DE LA ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN IMPLICA LOS SIGUIENTES DERECHOS:
Derechos
- Disfrutar de todos los servicios y beneficios que la ASOCIACIÓN establezca.
- Elegir y ser elegido para los cargos de Dirección, Administración y Control y demás cargos propios de la ASOCIACIÓN y contemplados estatutariamente.
- Participar en las deliberaciones públicas de los asuntos de la Asociación.
- Votar cuando haya a lugar.
- Obtener la intervención de la Asociación como persona jurídica en los casos en que el miembro esté interesado y la Asociación lo juzgue conveniente.
- Presentar ante las diferentes instancias de dirección, Administración y Control de la Asociación las quejas, solicitudes o proyectos que contribuyan al desarrollo de la Asociación y que estén de acuerdo con su naturaleza, objetivos y marco legal y estatutario.
- Recibir los documentos que acrediten su membresía.
- Todos los demás que le otorguen los estatutos.
PARÁGRAFO: Los miembros honorarios y correspondientes gozarán del disfrute de los derechos anteriormente enumerados. Los miembros honorarios tendrán voz y voto, los correspondientes y los adherentes solo voz.
Deberes
Ser leal a la misión y los objetivos de la Asociación.
- Cumplir con los estatutos así como con las obligaciones ordinarias y extraordinarias contraídas con la Asociación.
- Procurar el progreso y el mejoramiento de la Asociación y el cumplimiento de sus fines.
- Exigir el cumplimiento de las normas estatutarias por parte de todos los asociados y los órganos de dirección, Administración y Control.
- Abstenerse de cualquier acto y omisión que pueda generar perjuicio al buen nombre de la Asociación, de sus directivos o de sus miembros.
- Asistir a los Congresos, Cursos, Conferencias y demás actividades científicas que organice la Asociación.
- Desempeñar las misiones y tareas que le sean asignadas.
- Informar a la Junta Directiva todo cambio de domicilio.
- Los demás que le exijan estos estatutos.
PARÁGRAFO: Los miembros honorarios y correspondientes están exentos del pago de aportes ordinarios o extraordinarios.
TIPO DE MIEMBROS
Los miembros fundadores de la Asociación, los que suscribieron la respectiva Acta de Constitución de la Asociación y aquellos especialistas en Medicina Física y Rehabilitación que sean aceptados como tal por la Asamblea General. Tienen voz y voto.
Los médicos Fisiatras jubilados que hayan participado activamente en la Asociación y que la Asamblea decida dar esta distinción. Igualmente los médicos nacionales o extranjeros, a quienes por su especial calidad científica la Asociación confiera esta distinción. Igual calidad se podrá conferir a otras personas de especial relieve, que sin ser profesionales de la Medicina, se hayan interesado en la especialidad o coadyuvando en obras realizadas por la Asociación y que sean aceptados como tal por la Asamblea General. Estarán exentos de pagar las cuotas ordinarias y extraordinarias. Tienen voz y voto.
Los profesionales especialistas en Medicina Física y Rehabilitación, Colombianos residentes en el exterior y extranjeros pertenecientes a asociaciones nacionales respectivas y que sean aceptados como tal por la Asamblea General. Están exentos de pagar las cuotas ordinarias y extraordinarias. Tienen voz pero no voto.
Los médicos en formación en el posgrado de medicina física y rehabilitación de todas las universidades de Colombia. Están exentos de pagar cuotas ordinarias y extraordinarias. Tienen voz y no voto.